México. Para definir cuáles serán los parámetros mediante los cuales se realizarán las transmisiones de señales de TV abierta a través de sistemas por suscripción, el Instituto Federal de Telecomunicaciones, Ifetel, hace una consulta pública entre el 20 de noviembre y el 19 de diciembre.
El proyecto está relacionado con los lineamientos generales relacionados con la aplicación de los esquemas denominados must carry y must offer, a través de los cuales se prevén criterios técnicos para la debida aplicación de las obligaciones previstas en la Constitución para los concesionarios de televisión abierta y restringida en materia de oferta y retransmisión de las señales radiodifundidas.
El must carry consiste en la obligación de los proveedores de televisión restringida de retransmitir los canales de televisión abierta. De acuerdo con el Decreto de reforma constitucional en materia de telecomunicaciones, dicha retransmisión debe ser gratuita y no discriminatoria, dentro de la misma zona de cobertura geográfica, en forma íntegra, simultánea y sin modificaciones, incluyendo la publicidad y con la misma calidad de la señal original.
El Decreto referido establece para el caso de los concesionarios de televisión restringida vía satélite, que sólo deberán retransmitir obligatoriamente las señales radiodifundidas de cobertura del cincuenta por ciento o más del territorio nacional.
El must offer consiste en la obligación de los concesionarios de televisión abierta o radiodifundida de permitir a los proveedores de servicios de televisión restringida la retransmisión de su señal, de manera gratuita y no discriminatoria, dentro de la misma zona de cobertura geográfica, en forma íntegra, simultánea y sin modificaciones, incluyendo la publicidad y con la misma calidad de la señal que se radiodifunde.
Las obligaciones de ofrecer y retransmitir gratuitamente los contenidos radiodifundidos perderán su vigencia simultáneamente cuando existan condiciones de competencia en los mercados de radiodifusión y telecomunicaciones.
El IFT considerará los resultados de la consulta pública para la emisión de los lineamientos, y una vez que emita su resolución, publicará un documento que atienda de manera general los comentarios, opiniones y propuestas concretas recibidas, especificando en su caso, cuáles de ellos resultaron en adecuaciones y especificaciones a los lineamientos referidos.


