Colombia. Hasta el 10 de agosto tienen plazo los licenciatarios de la televisión comunitaria para notificar su conocimiento y aplicación de las disposiciones previstas en la Resolución ANTV 433 de 2013 "por la cual se reglamenta parcialmente el servicio de televisión comunitaria cerrada sin ánimo de lucro", en particular, en el cumplimiento de las disposiciones que deben realizar en el corto plazo.
Para tal fin, la ANTV dispuso el “Formato documento de manifestación de voluntad”, el cual pueden descargar desde la página web del ente regulador y los licenciatarios deben diligenciar y enviar, adjuntando el certificado de existencia y representación legal de la sociedad no superior a sesenta días de la fecha de radicación.
En la misma resolución está contemplada la nueva metodología del Pago de compensación por parte de las comunidades organizadas licenciatarias a la ANTV. La entidad estableció una compensación por explotación del servicio público de televisión.
La compensación será el resultado de multiplicar el número total de asociados al mes por el valor de la compensación por asociado al mes, el cual varía dependiendo del municipio en el cual está autorizado a operar cada televisión comunitaria. También se estableció que el pago será bimestral y el primero deberá hacerse hasta el 25 de julio, correspondiente a los meses de abril, mayo y junio.
En su comunicación, la ANTV recordó que el incumplimiento de dicho requerimiento o el mal diligenciamiento del documento, serán causal de cancelación de la licencia para prestar el servicio de televisión comunitaria.
Para mayor información y descargar los documentos requeridos, haga clic aquí.


