Colombia. Por el incumplimento de los condicionamientos que en 2008 la entonces Comisión Nacional de Televisión, CNTV, le impuso a Telmex, hoy llamada Claro Colombia, la Superintendencia de Industria y Comercio impuso una sanción a la compañía por 10.700 millones de pesos colombianos.
De acuerdo con el ente regulador, la CNTV le había prohibido a Telmex pactar ni hacer efectivas cláusulas de permanencia mínima de dos años con sus clientes en los contratos del servicio de televisión por suscripción, en virtud de las cuales los usuarios estaban obligados a pagar sanciones si cambiaban de proveedor antes de la expiración de dicha permanencia.
En la sanción se indicó que el incumplimiento de Telmex generó para sí misma, y de forma indebida, una importante fuente de recursos, logrando una potencial afectación del mercado al desincentivar que algunos de sus clientes cambiaran de proveedor del servicio de televisión por suscripción.
En la decisión la Superintendencia también ordena la devolución del dinero a los 9.135 suscriptores a quienes se les hizo efectiva la cláusula de permanencia mínima. Los contratos de estos usuarios ascendieron a 1.651 millones de pesos.
La entidad aclaró la sanción corresponde a hechos ocurridos en 2008, pero que en la actualidad pactar cláusulas de permanencia mínima en telecomunicaciones es permitido y para ello los operadores deben cumplir las reglas especiales que prevé la ley para tales eventos, que fundamentalmente apuntan a beneficios sustanciales para el usuario en relación con las condiciones ordinarias de los contratos y siempre con la posibilidad de que el usuario pueda escoger contratar con dichas cláusulas o sin ellas.


