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¿Se siente víctima del bullying empresarial?

Para el Mercado de la TV de pago en Colombia y en Latinoamérica, no es tan sencillo buscar un canal sustituto cuando se dan incrementos por parte del proveedor y es en este preciso momento en que el inconformismo lleva a la unión del gremio.

Por Luis Pinto*

El abuso empresarial,  según la RAE (Real Academia Española) se trata de una actuación comercial prohibida, que va realizada en perjuicio de otras empresas o de los consumidores, valiéndose  de una situación de ventaja. Para los juristas, está claro que en Colombia la posición de dominio no está proscrita, por sí misma, de tal manera que no toda actividad económica de una empresa dominante es abusiva, mal sería, pero dentro de la lógica del sistema económico, no se puede aplaudir un beneficio injustificado en perjuicio de los otros agentes del mercado.

Cuando una empresa llega a ser dominante, su gran responsabilidad no solo es velar por las conductas y resultados que produzcan sus políticas dentro del mercado que domina, estas se extienden a las conductas y resultados que puedan repercutir como consecuencia de sus actuaciones, entre otros mercados próximos al mercado dominado. Suena algo confuso, pero de no ser así la Superintendencia de Industria y Comercio no tendría razón de ser, pues es ella quien debe protegernos de esos depredadores.

Caso particular, para las empresas que prestan el servicio de televisión por cable en sus diferentes modalidades, el tema de abuso por parte de varias compañías se ha vuelto algo recurrente, dichas empresas se quejan de los altos costos en los pagos de postería, en derechos de transmisión de canales y en la compensación correspondiente a la Autoridad Nacional de Televisión, ANTV. 

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Indagando un poco encontré que la Corte Constitucional precisó en Sentencia C-616 de 2001 que: “Una empresa u organización empresarial tiene una posición dominante cuando dispone de un poder o fuerza económica que le permite individualmente determinar eficazmente las condiciones del mercado, en relación con los precios, las cantidades, las prestaciones complementarias, etc., sin consideración a la acción de otros empresarios o consumidores del mismo bien o servicio. Este poder económico reviste la virtualidad de influenciar notablemente el comportamiento y la decisiones de otras empresas, y eventualmente, de resolver su participación o exclusión en un determinado mercado”, más adelante se remite de la siguiente manera: "La empresa dominante ha de poder desarrollar de forma leal y razonable sus actividades económicas normales en el mercado, como por ejemplo, mejorar la calidad de sus productos, su organización interna y externa, dar a conocer sus productos, adaptarlos a la demanda en su diversidad, calidad y cantidad, reducir los costes, fijar la política de ventas o compras que estime correcta, etc., aunque su buen hacer aumente su fuerza en el mercado. (...) Por lo tanto, dentro de la lógica del sistema, tampoco se considera abusivo el tomar una ventaja razonable y leal de la posición de dominio, si no concurre un beneficio injustificado en perjuicio de los otros agentes del mercado".

Para las electrificadoras de todo el país parece ser un negocio muy lucrativo el alquiler de sus postes a las empresas que prestan el servicio de televisión por cable, muy necesarios para el tendido de sus redes, estas tiene la potestad de fijar sus valores casi que a su acomodo, la norma que rige este cobro está dictada por la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, quien mediante Resolución 063 de 2013 establece las condiciones de uso y aprovechamientos de la estructura energética para la prestación de servicios de telecomunicaciones por parte de terceros y en la Resolución 4245 de 2013 de la Comisión de Regulación de las Comunicaciones, CRC, define las condiciones de acceso, uso y remuneración.

De estos acuerdos y resoluciones surgen durante el ejercicio dudas e inconformismos por parte de muchos operadores, quienes ven afectada la estabilidad del negocio al tener que hacer pagos “elevados” a empresas que claramente no revierten esos ingresos en mejoras que les favorezca u otro beneficio para ellos o para el usuario, los cobros se basan en formulas algébricas donde no hay factores discriminatorios por ninguna parte, es igual para todos los estratos, para todos los modelos de televisión con ánimo y sin ánimo de lucro, para las compañías nacionales o internacionales, el papel aguanta todo, es muy cierto, y es algo que se pone en duda al no haber negociaciones transparentes y abiertas, se presume que la compañía Claro tiene tarifas preferenciales por ser uno de los más grandes prestadores del servicio, pero como esto no lo sabemos en realidad, es solo una presunción, lo cual sin duda atentaría contra la industria nacional al tener varios criterios de negociación, dicho por los empresarios “eso miran caras ingeniero…”

Otro debate surge al saber que estas estructuras están por obvias razones en el espacio público y en muchas oportunidades son comprados e instalados por las comunidades y la Alcaldía o la Gobernación correspondiente. Las empresas electrificadoras no reconocen económicamente al Estado el uso de ese espacio público, pero si se lucran de él, ¿Estos dineros en dónde terminan? ¿En qué son invertidos? ¿Quién los controla?, lo único cierto es que sabemos quién los cobra.

En la opinión de varias fuentes puedo contextualizar que: Realmente el objeto social de la electrificadoras es prestar el servicio de energía a la población y por ello recibe sus pagos correspondientes, el poste está catalogado como un inmueble según la CREG y en teoría, uno no puede arrendar un inmueble seis veces a diferentes personas porque incurrirían un delito, literalmente añaden: 

“Deben estratificar los postes para que en los barrios de estrato un y dos el valor sea más bajo y tenga subsidio igual que la luz, o no traten el cobro del poste como comercial y todo en estrato seis, como lo hacen actualmente, además; los postes donde solo pase el cable o fibra que es servidumbre tenga un valor muy mínimo ya que no presenta ningún desgaste porque la realidad es que no se utiliza mucho. Que los postes donde tengamos elementos puestos como amplificadores, fuentes de poder u otro elemento que realmente si se utilizan, sí tenga cobro de un arriendo, pero igual que sea por estratos y por la tarifa de televisión, por que no es la misma en estrato 6 que en estrato 1 y 2, realmente el objeto social de la electrificadoras es prestar el servicio de luz. En ese orden de ideas la postería puede ser parametrizada por la CREG que actualmente deja a discreción de cada electrificadora sobre el uso y abuso en las tarifas y los únicos que están enriqueciéndose son ellas, ya que el suelo es de todos y ellas si no pagan por uso de él al estado”.


Por otra parte los proveedores de contenido hacen de las suyas, me refiero a los que venden las señales satelitales de canales internacionales y nacionales, existe un total inconformismo. Si partimos de la definición de la posición de dominio es muy uniforme. En Colombia por ejemplo es “la posibilidad de determinar directa o indirectamente las condiciones de un mercado” (artículo 45-3 decreto 2153 de 1992).

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En términos de economía se define el mercado del producto como la totalidad de los productos o servicios que los consumidores sustituyen dadas sus características, uso que se prevea hacer de ellos y su precio. A esta sustituibilidad se le aplica un concepto técnico que combina el sentido de la lógica con el llamado “test del monopolista”. 

Este consiste en pensar (teórica e hipotéticamente) que una empresa es dueña absoluta y sin competidores de los productos en cuestión, a los que aplica un aumento de precio pequeño pero significativo y periódico (entre un 5% y un 10%). Si el resultado de este aumento de precio es que la demanda se traslada a otro producto, se da el efecto de la sustituibilidad. Se mantiene este aumento hasta que la demanda no se desplace más. De esta forma se determina el producto más usado en el mundo.

Para el mercado de la TV de pago en Colombia y en Latinoamérica, no es tan sencillo buscar un canal sustituto cuando se dan estos incrementos por parte del proveedor y es en este preciso momento en que el inconformismo lleva a la unión del gremio y forzar a que el llamado mercado sea más favorable y sostenible en el tiempo. En uno de tantos foros que he tenido la oportunidad de asistir, abiertamente me dijeron “Uno no se une con la competencia porque quiere, lo hace porque le toca, todos nos tenemos que defender de las políticas abusivas del Estado que no protege la industria nacional”

Existen varios tipos de abuso o bullying empresarial, están las conductas de eliminación o exclusión de la competencia (exclusionary practices) y las conductas de explotación abusiva del mercado dominado (abusive practices).

Hay proveedores que valdría la pena estudiar más a fondo, el caso del canal de deportes colombiano, WIN SPORT, es uno de los que presenta mayores discrepancias al ser el único que tiene los derechos sobre el Futbol Profesional Colombiano, FPC, adquiriendo claramente una posición dominante y para muchos abusiva. En sus inicios todo fue amor y paz, daban la señal a los cable operadores a un costo elevado, con la promesa de bajarlos en el momento que más operadores la tuvieran. 

Según su explicación lógica, ellos se asociaban con DirecTV para que ellos se encargaran de la producción y estos costos solo se dividirían entre el número de asociados, como el modelo de economía de escala, en donde el valor a pagar por usuario se determinaba por una simple operación matemática donde los costos de producción son los mismos, dividido por el número de asociados. 

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Así, con la ilusión de vincular muchas empresas a este canal deportivo, se le midió ComuTV y luego jaloneó otras empresas pequeñas, por su parte los grandes operadores: Claro, Movistar y UNE, decidieron no aceptar, no negociar bajo esas condiciones. Pasado el tiempo estos grandes operadores se acercan y entran en la negociación bajo otras condiciones, que por supuesto desconocen los demás operadores, lo que inicialmente fue algo muy abierto paso a ser un secreto de estado y la promesa de bajar las tarifas, nunca se dio y ellos siguen abusando de su posición dominante en el mercado por tener los derechos exclusivos sobre el FPC. 

Muchos afirman que DirecTV es parte y contra parte en esto y mucho tiene que ver con estas decisiones, lo cual no debería ser ya que le permite manejar políticas discriminatorias, discriminar es tratar igual a quienes se encuentran en situaciones diferentes o tratar diferentemente a quienes se encuentran en igual situación, el criterio fundamental para establecer cuando una discriminación es abusiva o no, es la existencia de una justificación económica racional a su comportamiento. Si habláramos de FOX, ESPN, Turner, Discovery, Televisa, etc., ocuparía unas dos ediciones de la revista. 

Sobre la mesa queda el debate y debo aclarar que no puedo revelar ninguna de mis fuentes ya que es tal el grado de intimidación por parte de las instituciones gubernamentales y de los proveedores de señal, que temen por quedar al descubierto y sufrir las represalias que puedan llegar por parte de Contraloría, Procuraduría, Fiscalía, DIAN, ANTV, CRC, SIC, CREG y Alianza, creo que no son más. 

Basta mirar el cubrimiento periodístico que logran las afirmaciones de Natalia Iregui, vicepresidente legal y de relaciones institucionales de DirecTV Colombia al acusar a los pequeños empresarios de sub-reporte “el elevado desvío de recursos en los canales comunitarios” declaraciones dadas en entrevista al diario El Espectador, a lo cual la Industria de la televisión por cable de Colombia respondió en un comunicado expedido el 4 de febrero: 

“En atención a los requerimientos hechos por parte de la Contraloría General de la Nación a la ANTV y el plan antievasión que adelanta actualmente la DIAN, los miembros representativos de diversas organizaciones que hacen parte de esta industria de televisión por cable colombiana, reunidos en la ciudad de Bogotá el pasado 4 de febrero, se permiten informar a la opinión pública que están comprometidos con el Gobierno Nacional, en el cumplimiento de las normas y la Ley, así como con el sentimiento nacional en pos de la paz y la reconciliación”…..

…”En este orden de ideas y en cumplimiento a esta determinación se implementaran los mecanismos necesarios para establecer la auto-regulación al interior del sector para evitar que este tipo de prácticas se sigan realizando por parte de esas empresas de televisión cerrada colombiana que afectan la imagen general del sector, tanto a nivel nacional como internacional”.

Muchos esperamos que esto se discuta en los escenarios adecuados y se llegue a un feliz término para todos sin que existan afectaciones importantes en la industria.

*Luis Pinto es asesor técnico comercial de la revista TVyVideo+Radio. Puede contactarlo a través de [email protected]

Richard Santa, RAVT
Author: Richard Santa, RAVT
Editor
Periodista de la Universidad de Antioquia (2010), con experiencia en temas sobre tecnología y economía. Editor de las revistas TVyVideo+Radio y AVI Latinoamérica. Coordinador académico de TecnoTelevisión&Radio.

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