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Con decisión de la SIC ¿dónde queda el televidente?

Colombia. La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, dictó una sentencia judicial que favorece a los canales Caracol y RCN con la cual impide que su señal se retransmita sin la autorización y/o pago por parte de los operadores de televisión por suscripción. Entiendo que la SIC defiende los derechos de los consumidores y que en sus decisiones debe prevalecer el bien común sobre el bien particular. Ahora queda el interrogante que dejo como titular, ¿Dónde queda el televidente? 

Haciendo un llamado a la memoria, cuando estos canales iniciaron su operación, su red de transmisión y reconocimiento ante las audiencias eran bajos o inexistentes y crearon, mediante lobby en el gobierno nacional, el llamado Must-Carry, lo cual es una disposición que insta a los proveedores de televisión por cable a incluir en su señal a todos los canales locales de televisión que poseen licencia dentro del territorio nacional, sin que ello implique un cobro adicional al usuario final. 

Esta norma se creó para prevenir que los sistemas de televisión por cable afectaran los intereses económicos de los canales privados de televisión nacional. En estos momentos, que ya cuentan con un posicionamiento y reconocimiento ante los usuarios del cable, hacen una tarea contraria de lobby en el gobierno y ¡oh sorpresa!, la SIC profiere un fallo que le da la razón a los canales privados. A mi juicio éste desconoce los derechos de los ciudadanos al libre acceso a la información consagrado en la Constitución Nacional, la libertad de expresión y de elección.

Por su parte, los empresarios del cable que a pulso hacen de ésto una verdadera industria, han llegado a los lugares más recónditos de nuestra geografía y sin sus pagos de compensación no habría cómo desarrollar la televisión pública, porque de sus aportes a la ANTV es que se fortalece el Fondo para el Desarrollo de la Televisión Pública. Estos dos canales no aportan mayor cosa porcentualmente hablando a este fondo. Además, los contratos de concesión que debieron firmar los cable operadores para la adjudicación de sus licencias, les obliga a tener dentro de sus parrillas estos canales, quiéranlo o no, y sin que ello implique un cobro al usuario final, ya que son contemplados como una obligación contractual. 

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Para poder hacer alguna modificación a estos contratos, la ANTV deberá hacer un otrosí que permita transferir a los usuarios del cable el cobro que pretenden hacer estos canales privados, quienes alegaron ser organismos de radiodifusión, lo que les da el derecho a autorizar o prohibir la retransmisión de sus emisiones por cualquier medio, según lo previsto en el artículo 39 de la Decisión 351 de 1993, así como en la Ley 23 de 1981 y en la Convención de Roma firmada por Colombia en 1975. Ésto les da un derecho conexo de autor que los faculta a conceder o negar el permiso de retransmisión de su señal. 

Independientemente de lo que pueda pasar con este fallo de la SIC, RCN y Caracol se afiliaron a EGEDA - Entidad de Gestión Colectiva de Derechos de los Productores Audiovisuales de Colombia y están ejecutando un cobro del 0.30 centavos de dólar ($822.90 pesos) mensuales por usuario en aras de favorecer la implementación de los Derechos de Propiedad Intelectual de los Productores Audiovisuales en Colombia, para lo cual ya han requerido a más del 90% de empresas operadoras de televisión por suscripción.

ANDESCO, gremio que representa los intereses de los operadores más fuertes que operan en Colombia, mediante comunicado de prensa, informó que respetan la decisión tomada por la SIC, “sin embargo, la misma está siendo objeto de apelación y por ende aún no es definitiva. Los operadores de televisión hemos cumplido con la ley 680 de 2001 y la regulación de la ANTV por 15 años, con el fin de garantizar el derecho al acceso a la información contemplado en nuestra Constitución Nacional”.

Y por último, añaden que “ante la actual decisión de la SIC se recurrirá a la Autoridad Nacional de Televisión - ANTV- para que indique la forma en que se debe cumplir el mencionado pronunciamiento”.

En opinión de algunos cableoperadores, lo que buscan estos canales es salvaguardar sus rendimientos económicos, porque con la entrada inminente de un tercer canal y la concesión del Canal Uno, se genera una gran amenaza a su “torta” publicitaria y buscan por todos los medios conservar sus ingresos. Me pregunto si algo de estos cobros que pretenden implantar llegará a los productores, directores y actores que hacen sus producciones, o es que para ellos solo hay dos pies izquierdos... 

¿Y el televidente ahora deberá pagar por ver la televisión nacional, solo por favorecer un grupo económico que vela por sus intereses ante un estado comprometido con ellos? Sí, los canales privados pretenden hacer un cobro por tener su señal en los hogares colombianos, pues que suban su señal al satélite, la encripten y cobren por ello a las personas que desean verles, y que entreguen la frecuencia de televisión abierta que muy seguramente los nuevos canales querrán utilizar.

Texto escrito por Luis Pinto, asesor técnico-comercial de TVyVideo+Radio.

Richard Santa, RAVT
Author: Richard Santa, RAVT
Editor
Periodista de la Universidad de Antioquia (2010), con experiencia en temas sobre tecnología y economía. Editor de las revistas TVyVideo+Radio y AVI Latinoamérica. Coordinador académico de TecnoTelevisión&Radio.

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