México. El Instituto Federal de Telecomunicaciones, IFT, creó el Comité Técnico en materia de despliegue de 5G en México, como un órgano técnico de apoyo al Instituto de naturaleza consultiva y no vinculante, cuyo objetivo será generar contribuciones que impulsen el desarrollo y despliegue de 5G en el país.
Ante la importancia que representa el servicio público de telecomunicaciones en el desarrollo del país y el impacto que tendrá 5G en la transformación digital, dicho mecanismo permitirá la interacción entre el Instituto, la industria, la academia, los entes públicos y cualquier otra persona interesada, para exponer las necesidades, estrategias, prospectiva y estudios de 5G actuales y futuros.
Para ello, se implementarán inicialmente seis mesas de trabajo que se especializarán en los siguientes ámbitos:
- Asignación oportuna de espectro para 5G.
- Despliegue y disponibilidad de infraestructura para 5G.
- Aplicaciones y servicios vinculados a 5G (casos de uso e innovación tecnológica)
- Aspectos regulatorios para 5G.
- Ciberseguridad.
- Experimentación y pruebas con 5G.
Para establecer y regular la constitución, organización y operación de dicho órgano técnico, se delinearon 34 reglas organizadas en cinco Capítulos que contemplan los siguientes tópicos:
Capítulo I: Disposiciones generales, comprende el objeto y las definiciones aplicables al instrumento normativo, con la finalidad de esclarecer el contenido y alcances de la conformación del Comité.
Capítulo II: Del establecimiento y operación del Comité, determina la naturaleza, las atribuciones y la integración del Comité. De igual forma, prevé el procedimiento a observar para el desarrollo de sus sesiones y la interacción con la Industria, la Academia, los Entes públicos y de ser el caso, cualquier persona interesada en intervenir en los asuntos del mismo.
Capítulo III: De las atribuciones de las personas los integrantes del Comité, señala las atribuciones conferidas a la Presidencia del Comité, a la Secretaría Técnica, a las Coordinaciones y a las personas Integrantes del Comité, como entes que constituyen la estructura de dicho órgano técnico.
Capítulo IV: De las mesas de trabajo y su funcionamiento, dispone que el Comité implementará seis Mesas de Trabajo que deberán desarrollar sus actividades con apego al programa de trabajo propuesto por la Secretaría Técnica.
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