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Alerta por nuevo Decreto-Ley cubano sobre telecomunicaciones

cuba telecomunicacionesCuba. El Gobierno cubano emitió el pasado 17 de agosto el Decreto Ley 35, el cual dicta nueva regulación para el sector de telecomunicaciones, incluyendo el internet y la radio, así como la respuesta gubernamental ante “incidentes de ciberseguridad”. Human Rights Watch, HRW, alertó por los posibles alcances de este Decreto-Ley.

De acuerdo con el pronunciamiento de la ONG, “El decreto, que dice tener el objetivo de “defender” la revolución cubana, requiere que los proveedores de telecomunicaciones interrumpan, suspendan o cancelen sus servicios cuando un usuario publique información “falsa” o que afecte la “moralidad pública” y el respeto al orden público”.

Algunos de los apartes del pronunciamiento de HRW son:
Con arreglo al Decreto-Ley 35, los usuarios de telecomunicaciones tienen la obligación de impedir la difusión de “informes o noticias falsas”. Asimismo, tienen prohibido usar estos servicios de manera tal que afecten una serie de categorías amplias e imprecisas, como “la seguridad colectiva”, “el bienestar general”, “la moralidad pública” o “el respeto al orden público”.

Los proveedores de telecomunicaciones, incluyendo de internet, servicios telefónicos y aplicaciones online, tienen el deber de “interrumpir”, “suspender” o “terminar” sus servicios cuando los usuarios violen estos deberes. Estos proveedores pueden ser multados o perder su licencia si no cumplen con las obligaciones establecidas en el decreto.

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Con arreglo al derecho internacional de los derechos humanos, las leyes solo pueden limitar los derechos a la libertad de expresión y de reunión cuando ello sea necesario y proporcional para lograr un objetivo legítimo, tal como la protección de la seguridad nacional o los derechos de otras personas. El Decreto-Ley 35 contiene muchas disposiciones vagas e imprecisas que son inconsistentes con el derecho internacional de los derechos humanos y podrían fácilmente ser utilizadas para violar derechos humanos, ya sea a gran escala o con ataques específicos contra críticos del gobierno, señaló Human Rights Watch.

Por otra parte, el Decreto-Ley 35 también constituye una amenaza a la privacidad. El decreto requiere que los proveedores de telecomunicaciones otorguen una amplia gama de informaciones y servicios a las autoridades gubernamentales. Según el decreto, los proveedores deben proporcionar a los organismos de seguridad las “facilidades técnicas y los servicios que requieran” y al Ministerio de Comunicaciones “la información que este determine”. Estas obligaciones vagas y amplias pueden permitir violaciones indebidas al derecho a la privacidad, señaló Human Rights Watch.

Asimismo, la resolución sobre “ciberseguridad” publicada junto con el Decreto-Ley 35 contiene disposiciones peligrosas que describen contenidos protegidos por la libertad de expresión como “incidentes de ciberseguridad”. A nivel global, la ciberseguridad generalmente hace referencia a la protección frente a ataques a la disponibilidad, confidencialidad e integridad de la información, así como a su infraestructura subyacente. Sin embargo, la nueva legislación cubana trata como incidentes de ciberseguridad a contenidos publicados online, incluyendo la “divulgación de noticias falsas”, la “difamación con impacto en el prestigio del país”, los mensajes que “inciten a movilizaciones” o “prom[uevan] la indisciplina social” o que “menosca[ben]” la “fama” de una persona o “su propia estimación”.

Según la resolución, autoridades de los ministerios de Comunicaciones, Interior y Fuerzas Armadas Revolucionarias deben tomar medidas para la “prevención”, “detección”, “investigación” y “mitigación” de los incidentes de ciberseguridad, incluso para buscar su “erradicación”. Los funcionarios deben priorizar la reacción ante incidentes considerados de “alta” o “muy alta” peligrosidad, tales como la “divulgación de noticias falsas” o los mensajes que “prom[uevan] la indisciplina social”.

La nueva legislación cubana no señala de forma clara cómo se pretende “detectar” o “erradicar” los supuestos “incidentes de ciberseguridad”. Pero prevenir y erradicar ciertos tipos de contenido requeriría un ejercicio generalizado de monitoreo y filtro, lo cual inevitablemente genera una censura y vigilancia excesivamente amplias, sostuvo Human Rights Watch.

Como ha señalado Human Rights Watch, varios países a nivel global han aprobado normas similares sobre “ciberdelitos” y “ciberseguridad” que han restringido los derechos humanos de forma indebida y han sido utilizadas para perseguir a periodistas, defensores de derechos humanos, expertos en tecnología, políticos de oposición y artistas.

Por ejemplo, en marzo de 2020 Rusia aprobó el artículo 207.1 del Código Penal, que castiga con hasta tres años de privación de la libertad a quien “difunda de forma pública información que se sabe que es falsa en circunstancias que amenacen la vida y la seguridad de los ciudadanos”. En octubre de 2020, la Asamblea Nacional de Nicaragua aprobó una ley de ciberdelitos que criminaliza a quien “publique o difunda información falsa y/o tergiversada que produzca alarma, temor o zozobra” en la población. La ley anti-ciberdelitos de Arabia Saudita, aprobada en 2007, criminaliza la acción de “producir algo que dañe el orden público, los valores religiosos, la moral pública, la santidad de la vida privada”, así como “ser el autor” de esa información o “enviarla o guardarla a través de una red de información”.

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En Cuba, el internet es muy caro, lo cual aún dificulta su acceso para muchos cubanos. Muchos servicios de telecomunicaciones son ofrecidos exclusivamente por la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A. (ETECSA), de propiedad estatal, y se encuentran bajo el control del gobierno cubano, el cual emplea sus facultades y su mandato legal para limitar la conectividad a internet de formas que son incompatibles con las normas internacionales de derechos humanos.

Richard Santa, RAVT
Author: Richard Santa, RAVT
Editor
Periodista de la Universidad de Antioquia (2010), con experiencia en temas sobre tecnología y economía. Editor de las revistas TVyVideo+Radio y AVI Latinoamérica. Coordinador académico de TecnoTelevisión&Radio.

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