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ANTV modificó Resolución 433

En un debate durante la ComuTV 2013, la ANTV aseguró que su trabajo está enfocado en fortalecer la televisión comunitaria, aunque el sector considera lo contrario. Reiteraron el llamado a desconocer la Resolución 433.

Por Richard Santa


Después de recibir hasta mediados de octubre 200 comunicaciones, una demanda de nulidad, marchas y un llamado a la desobediencia, la Autoridad Nacional de Televisión decidió estudiar la Resolución 433 que cambió las reglas para la televisión comunitaria y hacerle las modificaciones que considere pertinente teniendo en cuenta los comentarios del sector.

Así lo dio a conocer el director de la Autoridad Nacional de Televisión, Ramón Angarita, durante un panel organizado en el marco de la feria ComuTV, que se realizó en Medellín y en el cual participaron diferentes actores del sector. El directivo aseguró que la intención de la ANTV es fortalecer la televisión comunitaria y no acabarla, como piensan algunos del sector.

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Un mes siguiente a dicho panel, la ANTV puso a consideración el proyecto mediante el cual se busca modificar la Resolución 433 en el cual organizó en seis puntos el total de las comunicaciones que recibió el ente regulador, los mismos que analizó y respondió. En total se modificarán tres de los seis puntos propuestos.

Los comentarios
El primero tiene que ver con el plazo de las licencias. Las comunidades organizadas manifiestaron que, la imposición de un plazo a las licencias para la prestación del servicio público de televisión comunitaria, es contrario a los derechos fundamentales del debido proceso y la propiedad privada. La anterior afirmación se sustenta en el hecho que dichas licencias fueron otorgadas por la entonces Comisión Nacional de Televisión sin un plazo de duración.

El segundo punto habla de los redechos adquiridos para la prestación del servicio, en el cual las organizaciones alegan que las licencias para la prestación del servicio público de televisión comunitaria hacen parte integral del patrimonio de los concesionarios, constituyendo de esta forma un derecho adquirido y sería imposible cambiar sus normas.

Al respecto de los dos puntos anteriores, la ANTV reiteró que las licencias otorgadas para operar el servicio de televisión comunitaria, constituyen un derecho temporal, sujeto a la reglamentación que se expida incluyendo las modificaciones respectivas. Agrega en su respuesta que en ninguna parte de las normas que regulan la TV comunitaria, se establece que las licencias otorgadas para tal fin sean de carácter indefinido, para que pueda hablarse de un derecho adquirido, o de la prohibición para establecer un término de vigencia para dichas licencias.

El tercer punto tiene que ver con el cumplimiento de la Normatividad en materia de Derechos de autor y conexos. La TV comunitaria manifestó que la solicitud de tener actualizada las autorizaciones para la retransmisión de señales incidentales es contrario a la Ley 182 de 1995, que define las señales incidentales como “aquella que se transmite vía satélite y que esté destinada a ser recibida por el público en general de otro país, y cuya radiación puede ser captada en territorio colombiano sin que sea necesario el uso de equipos decodificadores”.

En respuesta, la ANTV reconoce que la recepción de las señales incidentales es libre. La autorización a la que hace referencia dicho acto administrativo, es procedente únicamente para la distribución de las señales y emisión o retransmisión de las obras o prestaciones artísticas contenidas en las mismas. Sin embargo, aclaró la entidad que se modificará el contenido de la Resolución ANTV estableciendo que las comunidades organizadas, deberán dar cumplimiento a la normatividad vigente en materia de derechos de autor y conexos.

El cuarto punto es uno de los más polémicos y con mayor número de comunicaciones que hablan sobre la reducción en el número de asociados.Las organizaciones indican que no se debe limitar el número de asociados, pues dicha disposiciones contradice el derecho constitucional a la libre asociación, y los derechos adquiridos por parte de las comunidades organizadas.

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La ANTV no acogió este punto debido a que la restricción a seis mil suscritos obedece al Tratado de Libre Comercio firmado entre Colombia y Estados Unidos, por lo tanto es un asunto que ha sido objeto de tratamiento previo por una norma jerárquicamente superior y que fue respaldada por el Consejo de Estado.



Otro de los más polémicos es el quinto punto, referente a los mecanismos de cubrimiento del riesgo. La TV comunitaria está inconforme con el monto establecido; así mismo, han expresado su preocupación sobre la capacidad para contratar los mecanismos de cubrimientos del riesgo, por razones de costo y las negativas de las compañías aseguradoras para expedir las pólizas.

En este tema la ANTV también accedió a modificar lo consignado en la Resolución 433, una vez verificado que no se exponga a la entidad a riesgos. La modificación incluye los valores de dichos cubrimientos y la fecha en que se deben presentar. En tal sentido las comunidades organizadas tendrán hasta el 15 de enero de 2014 para presentar el mecanismo de cobertura, siempre y cuando, este tenga una vigencia inicial no posterior al 31 de diciembre de 2013.

El sexto y último punto, que también había generado gran molestia, es sobre la declaración de conocimiento de la Normatividad por parte de las organizaciones, porque la redacción del anexo, que pone en cabeza del representante legal la responsabilidad por desconocimiento de las normas por parte de los asociados. Teniendo en cuenta esta obligación, la ANTV modificará los Anexos, en el sentido que el representante legal conoce el marco normativo y regulatorio de la televisión comunitaria.

En su proyecto de resolución para modificar la Resolución 433 de 2013, la ANTV incluyó 15 cambios, que incluyen los tres mencionados anteriormente y fue puesto para comentarios hasta mediados del mes de noviembre. Mientras se ejecuta ese proceso, el ente regulador suspendió la presentación del documento de conformidad, que tiene como plazo el 10 de noviembre.

Reacciones encontradas
Aunque al momento de cierre de este artículo no había terminado el plazo para radicar los comentarios al proyecto de modificación a la Resolución 433, los representantes de la televisión comunitaria tienen posiciones divididas frente al tema. Mientras unos aseguran que fueron escuchados y se hizo lo que permitía la ley, otros manifestaron que poco cambió y que siguieron sin ser tenidos en cuenta.

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William Galindo, gerente de Viboral TV y presidente de ComuTV, aseguró que los conceptos presentados por el sector sí fueron tenidos en cuenta, que al menos esta vez la ANTV fue juiciosa y los analizó, demostrando que algunos puntos no tenían asidero legal.

“Lo que salió en la modificación era lo que se podía hacer. Básicamente el problema está en dos cosas fundamentales, las pólizas, es un punto que tenemos que seguir discutiendo porque siguen demasiado altas. El tema del límite de 6.000 asociados es otro punto. En Colombia solo hay 11 sistemas de TV comuniria que superan ese límite, que representan un poco más del 1%, con ellos van a tener un tratamiento especial, el resto no tienen problema”, explicó William Galindo.

Agregó que contra el tema de derechos de autor no pueden hacer nada porque está consignado en el Tratado de Libre Comercio. Y sobre el número de canales codificados, indicó que todos piden tener más canales de los siete permitidos, pero que la mayoría de los sistemas solo tiene cuatro o cinco.

Una opinión diferente tiene Fernando Rivera Villamil, del Consejo Nacional de Televisión Comunitaria, quien aseguró que las reuniones y comunicaciones dirigidas a la ANTV no fueron tenidos en cuenta y que el proyecto de modificación no cambia en lo fundamental, como las cuotas de compensación, las polizas y el límite de canales codificados excusados en el TLC.

“Como nuestros comentarios no han sido tenidos en cuenta, decidimos elaborar un documento concreto de cinco puntos en los cuales hacemos propuestas claras y fue dirigido al Ministerio TIC y a la ANTV. La realidad es que la modificación no cambia en lo fundamental, seguimos perjudicados”, indicó.
¿Qué pasa con las pólizas? La Resolución 433 exige a todos los sistemas de TV comunitaria una póliza anual de 300 millones de pesos, monto que para muchas es elevado y se suma quelas aseguradoras están reacias a brindar la póliza a los operadores. Además, en el caso de un operador nuevo, este es el dinero que tienen como capital, entonces no podrían cumplir con la póliza.

William Galindo hace una reflexión final: “La TV comunitaria es como un niño  rebelde que está pasando a la adolescencia. El país y las telecomunicaciones se están transformando pero la televisión comunitaria sigue estancada. Y eso es lo que está haciendo la norma, como lo dijo el mismo director de la ANTV estamos apretando la norma para que las organizaciones sean más competitivas. El único problema que tenemos es el de las pólizas”.

Richard Santa, RAVT
Author: Richard Santa, RAVT
Editor
Periodista de la Universidad de Antioquia (2010), con experiencia en temas sobre tecnología y economía. Editor de las revistas TVyVideo+Radio y AVI Latinoamérica. Coordinador académico de TecnoTelevisión&Radio.

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