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Derechos de autor en contextos tecnológicos II

En la segunda parte de esta entrevista con Sol Beatriz Calle D´Alemán, se abordan temas como los retos en la protección de derechos de autor en bienes inmateriales como el conocimiento. 

Por:
Mg. Luis Fernando Gutiérrez Cano 
Mg. Luis Jorge Orcasitas Pacheco

Presentamos la segunda parte de la entrevista sobre derechos de autor en el nuevo contexto tecnológico, realizada a Sol Beatriz Calle D´Alemán, Abogada de la Universidad de Medellín, Doctora en Derecho (PhD) de la Universidad Externado de Colombia, con reconocimiento Cum Laude a su tesis doctoral sobre software y propiedad intelectual. La Doctora Calle D´Alemán también es Magíster en Informática y Derecho de la Universidad Complutense de Madrid y es docente e investigadora del Departamento de Derecho Informático de la Universidad Externado de Colombia, en donde funge como directora de la línea de investigación en Privacidad y Protección de Datos Personales. 

Del mismo modo, es Docente e Investigadora de los programas de Doctorado, Maestría y Especialización en Gestión de la Tecnología y la Innovación en la Universidad Pontificia Bolivariana. Es Autora del libro Protección Jurídica del Software: crítica a su actual regulación y redefinición frente al Derecho (Editorial Ibáñez, 2012).

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Al cambiar los paradigmas, ¿cuáles son los nuevos retos para la protección de bienes inmateriales o intangibles como el conocimiento?
Sol Calle D´Alemán:
Las estrategias  podríamos decir que se basan en nuevas forma de concepción de las instituciones fundamentales del derecho, cómo por ejemplo la institución de la propiedad que requiere de nuevos  desarrollos en lo que yo he denominado un “nuevo concepto de propiedad inmaterial”, no solo de propiedad intelectual sino de propiedad inmaterial, un concepto y una redefinición mucho más amplia que le dé respuesta a todos esos bienes intangibles del siglo XXI, que surgen a partir de la producción de ideas y de conocimiento y que posiblemente no se circunscriben todos ni pueden ser abordados todos desde las reglas y normas de la propiedad intelectual. 

Del mismo modo, redefinir también instituciones como el contrato y los acuerdos que asimismo se han basado en las normas para bienes físicos pero que hoy dan paso a lo que hemos estudiado como acuerdos atípicos, los contratos innominados, es decir, acuerdos que las partes pueden crear y acordar según como establezcan sus intereses, sin que esto contradiga la teoría del negocio jurídico (que ha sido una columna vertebral del derecho); del mismo modo,  abordarlo igualmente a partir de nuevos estándares internacionales, con base en reglas y buenas prácticas, un entorno muy usado hoy en Internet, sobre todo desde la perspectiva de la seguridad de la información, lo que permite verificar cómo tales estándares nos pueden ayudar a crear nuevas reglas y nuevas normas que permitan darle respuesta a la protección de las  nuevas producciones tecnológicas y del conocimiento, propios del siglo XXI.

¿Cuáles son las herramientas y estrategias que desde el derecho se utilizan en el s. XXI para proteger esos bienes inmateriales o intangibles? 
Sol Calle D´Alemán: Desde la perspectiva del derecho hay nuevos riesgos a partir del uso que generan las tecnologías actuales, la producción de bienes informáticos, de software, de bases de datos y de los productos multimedia, frente a los que el profesional del derecho y otros profesionales (auditores, ingenieros, etc.) enfrentan nuevos escenarios, que podrían identificarse varias fuentes desde donde empiezan a surgir estos riesgos. 

Desde la perspectiva normativa: primero, en relación con el comercio electrónico, que nos plantea un nuevo consumidor, que plantea nuevos desafíos en relación con la publicidad de lo que se oferta en Internet y al mismo tiempo nos plantea muchos temas de seguridad de los datos, o sea, cómo darle seguridad al consumidor para que este pueda cada vez más animarse a adquirir bienes y servicios a través de Internet sin riesgos que puedan provenir de la ciberseguridad. Sin duda alguna, hoy la cibercriminalidad es uno de los problemas que más afecta al mundo entero, y que tiene que ver directamente con las incidencias de seguridad en ese “mundo oscuro” de Internet y la seguridad de la información que allí se “almacena”.

¿Cómo se plantea la seguridad de la información en el marco normativo?
Sol Calle D´Alemán: Desde esta perspectiva se empieza a plantear un tema, no de seguridad informática sino de seguridad de la información que nos compete a todos, y que según dicen los expertos, se encuentra el eslabón más frágil de la cadena y es justamente el ser humano; un segundo aspecto, en el que pienso que estamos actualmente, que tiene que ver directamente con los gobiernos y es la seguridad de la información que estos manejan, en una cuestión que nos interesa desde la norma pero que ha dejado de ser un asunto solamente técnico o de leyes de la seguridad de la información y ya nos compete a todos, entre otras cosas porque hoy el uso de los principales objetos es la información de carácter personal. 

¿Cómo se maneja la información personal en temas de marketing?
Sol Calle D´Alemán: Un tercer aspecto tiene relación con las empresas de marketing, puesto que para el mercado en general este es otra gran fuente de riesgo y de estudio normativo: el tema de la privacidad y los datos personales, la geolocalización y la videovigilancia, todos ellos son fenómenos que cada vez ponen en alerta la seguridad y la privacidad de las personas y representa uno de los grandes problemas que las tecnologías IOT o las tecnologías de Internet tienen que resolver. 

Vamos a ser capaces de conectar, ya no solo los artefactos si no a las personas mismas, a máquinas en cualquier lugar del mundo y con una capacidad de procesamiento infinita y eso puede suponer que  no tengamos un espacio donde estemos solos sino que vamos a estar conectados permanentemente a un mundo que, sin duda, va a ponernos a reflexionar mucho sobre los riesgos que se ciernen sobre esos derechos fundamentales que están reconocidos en todo el mundo sobre privacidad protección de datos y habeas data; de igual manera, los riesgos provienen de la propiedad de las cosas inmateriales donde va a ser fundamental desarrollar nuevos conceptos sobre la propiedad inmaterial y los bienes inmateriales, distintos o por fuera de las categorías que ya conocemos de la propiedad intelectual porque son categorías pensada para otras épocas  y pensada para otro tipo de bienes culturales y no para los bienes intangibles de este siglo.

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¿Y en el contexto laboral y de intimidad de las personas?
Sol Calle D´Alemán: De modo similar, se deben contemplar los riesgos que provienen del entorno laboral. El contexto laboral actual es muy distinto porque estamos frente a un entorno en donde, si lo que se produce es el conocimiento, ya ni siquiera es necesaria la presencia física del individuo en su sitio de trabajo. Por ejemplo, en el caso de Colombia hoy el teletrabajo es una exigencia del Estado desde el Ministerio de  TIC, que lo ha  fomentado. Ahora bien, se debe tener en cuenta que el teletrabajo y los teletrabajadores, además de la producción de conocimiento, lo producen en herramientas de trabajo propias, con acceso a sus propias fuentes, y estos son asuntos que se asumen de una forma muy distinta de trabajo a lo que plantean los códigos laborales y los códigos del trabajo del siglo pasado.

Así mismo debemos tener en cuenta la privacidad y la protección de los datos personales en relación con el derecho de la intimidad de la persona (la protección de sus datos personales frente a todos los fenómenos de hoy como el big data, la minería de datos y la construcción de perfiles de los ciudadanos. Hoy en día tanto el Internet de las cosas como la propia tecnología, van desarrollándose a pasos agigantados y es factible que se pongan en riesgo los derechos fundamentales para que las personas tengan un espacio reservado y para que los perfiles de las personas no sean objeto de venta o de tráfico, que no se genere suplantación de identidades cuando estamos permanentemente conectados en Internet a todo el mundo, en todos los momentos y en todos los lugares. Esto por supuesto va a representar riesgos muy importantes desde la perspectiva de los derechos fundamentales de las personas, concretamente la privacidad y protección de datos personales.

Sol Beatriz Calle D´Alemán concluyó este diálogo señalando que finalmente se debe tener presente el tema de la contratación de tecnología, justamente porque estábamos acostumbrados a hacer contratos sobre bienes tangibles pero la tecnología y el conocimiento hoy lo adquirimos mediante las plataformas tecnológicas, la mayoría de las veces muy cuantiosas y esto nos reta a que debamos superar y detectar qué riesgos surgen de ese tipo de negociaciones: las contrataciones sobre el licenciamiento de software, las auditorias que se deben hacer sobre una serie de prácticas y de asuntos que a partir de este nuevo surgimiento de bienes intangibles informáticos tenemos que ser capaces de abordar pero desde la perspectiva contractual y de negocios. 

Lo anterior incluye asimismo la transferencia de tecnología, que se constituye en un reto también muy grande para todas las organizaciones, para las universidades, para nuestros gobiernos, es decir,  cómo explotamos económicamente y cómo hacemos que la propiedad intelectual que tenemos en esos “nuevos artefactos” que desarrollamos, realmente impacten el mercado y eso incluye el derecho de patentes que también, en mi criterio, queda un poco obsoleto porque frente a los nuevos modelos económicos se ha cuestionado mucho el tema de ese privilegio para ciertos sectores económicos; por ejemplo, el caso del sector farmacéutico. 

De igual forma, la generación de los nuevos modelos de negocios que pueden hacer todos los emprendedores a través de Internet, cuestionan la propiedad de las creaciones a través de las patentes, puesto que se busca liberar las innovaciones hacia el mundo, liberar ese conocimiento, entregarlo y eso es lo que ha generado esa interesante controversia o contradicción entre la apertura de la ciencia y el conocimiento propietario o las licencias propietarias, que cobran muchísimo dinero por el acceso a esos nuevos bienes y nuevos inventos, que se producen a partir de las ideas de muchas personas. 

*Mg. Luis Fernando Gutiérrez Cano. Comunicador Social-Periodista (Universidad Pontificia Bolivariana), Magíster en Educación (Tecnológico de Monterrey), Doctorando en Gestión Tecnológica e Innovación (Universidad Pontificia Bolivariana). Docente Facultad de Comunicación Social-Periodismo de la Universidad Pontificia Bolivariana. Coordinador Maestría en Televisión Digital Universidad Pontificia Bolivariana. Defensor de Televidente Teleantioquia. Puede escribirle a: [email protected] y [email protected]

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*Mg. Luis Jorge Orcasitas Pacheco. Comunicador Social-Periodista (Universidad Pontificia Bolivariana), Máster en Teoría y Práctica del Documental Creativo (Universitat Autónoma de Barcelona), Mestre en Imagem e Som (Universidade Federal de São Carlos, UFSCar). Docente-investigador Facultad de Comunicación Social-Periodismo Universidad Pontificia Bolivariana. Miembro del Grupo de Investigación en Comunicación Urbana-GICU. Puede escribirle a: [email protected] y [email protected]

Richard Santa, RAVT
Author: Richard Santa, RAVT
Editor
Periodista de la Universidad de Antioquia (2010), con experiencia en temas sobre tecnología y economía. Editor de las revistas TVyVideo+Radio y AVI Latinoamérica. Coordinador académico de TecnoTelevisión&Radio.

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